Dictan prisión preventiva contra acusado de matar a su vecino en Estelí.
La Juez de Distrito Penal de Audiencias Doctora Alma Pino Irías dictó prisión preventiva contra David Antonio Gutiérrez Moreno, de 27 años, después que la Fiscal Auxiliar del Ministerio Belkis Rodríguez lo acusara del delito de homicidio en perjuicio del joven Cristian Josué Benavides Montoya de 24 años, al que privó de la vida al asestarle una puñalada a la altura de la tetilla izquierda, hecho ocurrido la madrugada del sábado 6 de abril en el Barrio El Calvario de la ciudad de Estelí.
La acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, Belkis Rodríguez, revela que a eso de las 10 de la noche del 6 de abril del año 2018 la víctima, el victimario y otras personas tomaban licor en un sitio ubicado de la iglesia El Calvario 4 cuadras al sur.
Posteriormente cuando eran las 2 y 40 minutos Cristian Josué Benavides Montoya y David Antonio Gutiérrez Moreno después que van a comprar más licor, regresan al mismo sitio donde después de una discusión registrada a eso de las 2 y 40 minutos el acusado sacó un cuchillo para agredirlo y cuando la victima corría en busca de salvar su vida, lo persiguió y al alcanzarlo le asestó una puñalada a la altura de la tetilla izquierda que le causó la muerte tres horas después producto de un sangrado masivo y herida por arma blanca penetrante en el tórax.
Agrega que el atacante armado del mismo cuchillo trató de causarle más heridas por lo que Cristian Josué Benavides Montoya para evitarlo se hizo hacia atrás pero al caer al suelo, David Antonio Gutiérrez Moreno dejándolo en el lugar salió corriendo y es así que se va hasta la casa de un tío en la comunidad La Almaciguera donde es capturado.
Mientras el presunto autor David Antonio Gutiérrez Moreno huía del lugar, la victima Cristian Josué Benavides Montoya con dificultad se puso de pie y se dirigió a su casa donde fue auxiliado por su esposa Carina la que pidió ayuda a sus vecinos por lo que fue trasladado al hospital San Juan de Dios de Esteli, donde murió tres horas después ya que la herida también le afectó el Corazón.
La víctima antes de morir logró decirle a su esposa el nombre de la persona que lo había herido, hecho que facilitó su búsqueda y captura.
La Fiscal Auxiliar del Ministerio Belkis Rodríguez sostuvo que los hechos antes descritos constituyen un hecho de tipo penal homicidio establecido en el Artículo 138 del Código Penal para lo cual ofrece como elementos de convicción las testimoniales de Karina de Los Ángeles Chávez Mondragón, Rodolfo Javier Cruz García, Adrian Alexis Zeledón Gómez, Santos Eddy Castillo, las periciales del Médico Forense con el que se acreditará que la causa directa de muerte de la víctima fue sangrado masivo, causa intermedia lesión cardíaca y básica herida por arma blanca penetrante en tórax.
También ofreció como testimonial al perito de inspecciones oculares, Lesther Antonio Pérez y como documentales la solicitud de convalidación de allanamiento realizado en casa de Carlos Rizo Zeledón ubicada en La Almaciguera, municipio de Estelí.
La Fiscal del Ministerio Público solicitó a la Juez Alma Pino Irías admitir la acusación, porque en ella queda evidenciada la participación directa del acusado en los hechos y dictar prisión preventiva por ser un delito grave que merece pena privativa de libertad, ya que al hacer uso del arma blanca vulneró el bien jurídico protegido de Cristian Josué Benavides Montoya, porque estando el libertad podría evadir la justicia por la posible pena a imponer y podría acercarse a los testigos propuestos por el Ministerio Público para que no se presenten a declarar, en un posible juicio oral y público.
A la petición del Ministerio público, no se opuso el defensor técnico Alfredo Castillo Lira, si solicitó una valoración psicológica para su representado, pero manifestó que en el Juicio demostrará que su defendido no tiene que ver con los hechos narrados en su contra.
Habiendo escuchado la narración de los hechos por la Fiscal y la intervención del acusado, la Juez admitió la acusación y dictó prisión preventiva contra el acusado, al tiempo que atendiendo la petición de la defensa girará oficio al Instituto de Medicina Forense, para que el acusado David Antonio Gutiérrez Moreno sea valorado y programó la audiencia inicial para las 8 de la mañana del día jueves 19 de abril.
La judicial expresó que la acusación es clara, precisa, específica y circunstanciada porque en orden lógico indica cuándo, dónde, la hora, como se dieron los hechos, nombre del acusado y de la víctima, así como los elementos de pruebas que la sustentan por lo que se admite y se da apertura al proceso.