Asamblea Nacional le quita funciones al magistrado Roberto Rivas.
La bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), presentó este miércoles una reforma al artículo 14 de la Ley 331, Ley Electoral, con el fín de quitarle funciones legales y administrativas al presidente del Consejo Supremo Electoral (CSE), Roberto Rivas y aumentarlas al vicepresidente, esto por las sanciones atribuidas por el gobierno de EEUU.
Con 74 votos, los diputados sandinistas y sus aliados se aprobó en lo general la propuesta de reforma a la Ley 331, Ley Electoral.
La reforma, que fue rechazada en su totalidad por los diputados opositores, contempla atribuirle dichas funciones al vicepresidente de ese poder del estado, el cual lo ejercería el magistrado Lumberto Campbell.
“Nicaragua ha estado viviendo horas de incertidumbre y zozobras, porque no sabíamos a que veníamos a esta sesión plenaria. Se manejó en un hermetismo total, y de repente los diputados del Frente (Sandinista) estaban preparando la reforma a esta ley” dijo Miguel Rosales, presidente de la banacada del PLC, quien añadió “que ya el presidente electoral no será el reprentante legal y administrativo del CSE, quien los asume, lo va asumir el vicepresidente. Jamás un vicepresidente asume ese poder, aquí en la Asamblea jamás el presidente va a ceder sus funciones”.
Brooklyn Rivera, diputado de Yatama dijo que lo debería de hacerse es una “reforma más profunda para que los procesos electorales se den con las condiciones que den pureza y transparencia y ajustados por la voluntad del pueblo, para que pueda recuperar la credibilidad y funcionamiento de este poder del Estado”.
Según la iniciativa de ley, estas son las funciones que ya no tendrá el presidente del CSE::
Administrar y ejercer la representación oficial y legal del Consejo Supremo Electoral.
Proponer para su aprobación por el Consejo Supremo Electoral:
El nombramiento del Secretario de Actuaciones del mismo, cargo que no podrá recaer en ninguno de los magistrados propietarios o suplentes
El nombramiento del Secretario General y los Directores Generales
El Anteproyecto de Presupuesto, tanto el ordinario como el de los procesos electorales
Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal
Las demás que le confían la Ley y el Consejo Supremo Electoral
Más de un tercio de diputados presentó con carácter de urgencia dicha propuesta de reforma ante la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional.
Estos cambios están contenidos en una reforma al artículo 14 de la Ley Electoral, el cual deja solo las siguientes atribuciones al presidente de ese poder del Estado:
Presidir el CSE y convocarlo por iniciativa propia o a solicitud de tres de sus magistrados.
Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del CSE.
Las demás que le confieran la ley.