Proponen Ley de Ciberdelitos que sancionará las noticias falsas
Diputados del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) proponen una iniciativa de ley que castigará con cárcel la propagación de noticias falsas o tergiversadas y el acoso sexual cibernético y solicitará la extradición de quienes fuera del territorio atenten contra la seguridad del Estado.
La iniciativa denominada Ley Especial de Ciberdelitos, presentada en el marco de una grave crisis sociopolítica que estalló desde hace más de dos años, tiene como objeto “la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, en perjuicio de personales naturales o jurídicas”, según el proyecto.
La iniciativa, es de orden público con protección a la seguridad soberana del Estado, y se aplicará a quienes cometan los delitos previstos en ese proyecto, dentro o fuera del territorio nicaragüense, según la exposición de motivos.
NOTICIAS FALSAS Y/O TERGIVERSADAS
La norma contempla 25 definiciones de ciberdelitos referidos al fraude informático, espionaje, violación a la seguridad, violación y hurto de los medios informáticos y manipulación de los mismos, transferencia de información pública, propagación de noticias falsas, entre otros.
Sobre la propagación de las noticias falsas, la iniciativa establece: “Quien, usando las tecnologías de la información y de la comunicación, publique o difunda información falsa y/o tergiversada, que produzca alarma, temor o zozobra en la población, o en un grupo o sector de ella a una persona o familia, se impondrá la pena de dos a cuatro años de prisión”, y de 300 a 500 días de multa.
Si perjudica el honor, prestigio o reputación de una persona o familia, se le impondrá una pena de 1 a 3 años de prisión, y de 150 a 300 días de multa; y si incita al odio y a la violencia, pone en peligro la estabilidad económica, el orden público o la seguridad soberana, se le impondrá pena de 3 a 5 años de prisión, y de 500 a 800 días de multa.
EXTRADICIÓN POR ACOSO SEXUAL Y PORNOGRAFÍA
En un capítulo especial se tipifican los delitos informáticos relacionados con la libertad e integridad sexual, que incluye el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación para la corrupción de menores de 16 años, personas con discapacidad, el acoso sexual, y la pornografía.
En ese sentido, la iniciativa de Ley, dependiendo del tipo penal, establece penas que van desde 2 hasta 10 años de prisión, las que si hay condiciones agravantes pueden aumentarse hasta un tercio de la pena.
Para esos casos, según el proyecto, los procesos investigativos serán confidenciales “y se prevé cooperación internacional en materia de extradición y asistencia legal mutua”.
AUTORIZAN INTERVENCIÓN DE SISTEMAS Y EQUIPOS
Asimismo, la iniciativa regula la protección de los sistemas informáticos del Estado, a aquellos destinados a la prestación de servicios públicos, al sistema bancario y financiero, instituciones públicas, privadas o mixtas que presten un servicio público.
Además, autoriza a la Policía y al Ministerio Público, previa orden judicial, a que “puedan intervenir los sistemas y equipos utilizados en la comisión de estos delitos, así como los procedimientos de incautación y depósito de sistemas informáticos o dispositivos de almacenamiento de datos”.
También, faculta al Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor), ente regulador de las telecomunicaciones en Nicaragua, a emitir una normativa para la preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios en plazo de tres meses, a partir de su publicación.
La iniciativa de Ley fue introducida este lunes ante la primera secretaria de la Asamblea Nacional, cuya directiva, controlada por los diputados sandinistas, definirá cuando la envía a comisión.