Cierran causa penal a 27 excarcelados de Nicaragua.

Publicado por admin el 3 de julio, 2019
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El abogado Julio Montenegro, de la organización “Defensores del Pueblo”, señaló que este martes el grupo de abogados de esta organización recibió las notificaciones judiciales sobre el cierre de las causas de 27 manifestantes excarcelados.

Por su parte, la abogada Yonarquis Martínez indicó que ha recibido 14 notificaciones del cierre de causas de los casos que ella representa.

Los 27 excarcelados que fueron notificados sobre el cierre de sus causas mediante la Ley de Amnistía, representados por Montenegro, son Edwin Carcache, Jefferson Padilla, Jonathan Lacayo, Carlos Lacayo, Óscar Rosales, Heynar Baltodano, Óscar Mendoza, Erick Robleto, Alexander Valle, Freddy Vega, Modesto Machado, Julio Alvarado, Guillermo Tinoco, Mauricio Castillo, Masiel Escorcia, Wilmer Baltodano y Raynaldo Gutiérrez.

Otros de los notificados fueron el exantimotín Julio Espinoza Gallegos, Alejandro Bermúdez, Óscar Cruz, Luis Halsall, César Ruiz, Camelia Aráuz, Julio Alvarado, Johny Leiva, Francisco Sequeira y Lenín Salablanca, también representados por el abogado Montenegro.

Algunos de los representados por Martínez que recibieron la notificación del cierre de sus causas son: Chéster Navarrete, Nahiroby Olivas, Byron Corea y Yubrank Suazo.

Montenegro señaló que el gremio de abogados tiene dudas sobre el cierre de los casos, ya que la autoridad judicial debió fundamentar dicha acción no solo bajo la Ley de Amnistía, sino que con la Normativa del Código Procesal Penal.

También criticó el que no se les entregara la sentencia de los casos de los manifestantes que representan.

Martínez y Montenegro informaron que están trabajando en recursos de reposición, con el fin de que se les entreguen los bienes que les fueron sustraídos a los manifestantes, además del sobreseimiento definitivo.

El abogado Montenegro culminó indicando su preocupación por lo estipulado en la Ley de Amnistía publicada el 10 de junio en La Gaceta, Diario Oficial, al afirmar que la misma señala la no permisibilidad de “conductas repetitivas”.

“Esas conductas por las cuales fueron procesadas estas personas son la participación de protestas y la entrega de víveres en los tranques. Eso genera sospechas en vista de que no se aplicaron los artículos del Código Procesal Penal (artículo 72, numeral 10), que tiene que ver con una extinción total del proceso”, explicó el abogado.



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