Lo Declaran No culpable por el delito de asesinato contra su primo en Estelí.

Publicado por admin el 13 de febrero, 2018
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Un tribunal de jurado declaró no culpable a Francisco Ramón Bellorín Vílchez de 48 años de edad, quien era juzgado por el delito de asesinato en perjuicio de su primo, Mario José Hoyes Osorio, hecho ocurrido el 3 de abril del año 2017 en una de las calles del barrio Los Ángeles de la ciudad de Estelí.

El jurado de conciencia fue integrado por cinco hombres y una dama, pese a que el Ministerio Público a través del Fiscal Carlos Salazar mediante las declaraciones de los testigos que ofreció alegó que Francisco Ramón Bellorín Vílchez portando una pistola Makárov, mató de cuatro balazos a su primo Mario Josué Hoyes Osorio de 37 años de edad y posteriormente a bordo de una motocicleta huyó del lugar.

El hecho ocurrió cuando Francisco Ramón Bellorín Vílchez se topó con su primo Mario Josué Bellorín Vílchez, el que en compañía de varios elementos armados de machetes y cuchillo pretendía atacarlo. Así mismo alegó que el ahora fallecido fue quien lo provocó al acercarse a él y con las manos hacia arriba para decirle que lo matara porque lo que había ocurrido con su hija, lo haría con su esposa, hecho que le causó ira y no le quedó más que realizarle un primer disparo en el cuello y tres en la espalda que acabaron con su existencia.

El Fiscal Auxiliar Carlos Salazar y el acusador particular Harold Ramírez adherido al Ministerio Público después de alegar la responsabilidad penal del acusado solicitaron a los miembros del jurado de conciencia un veredicto de culpabilidad.

En cambio el defensor técnico del acusado, doctor Mauricio Peralta, tomando como referencia las pruebas testimoniales, periciales y documentales alegó que si bien es cierto que su defendido Francisco Ramón Bellorín Vílchez privó de la vida a Mario Josué Hoyes Osorio, fue motivado por circunstancias que afectaron la vida de su hija y la de toda su familia y ante la falta de respuesta policial.

Agregó que en busca de una respuesta denunció el abuso sexual y sustracción de su hija denunció en San Juan de Rio Coco, Somoto y Estelí pero no lo logró.

Prueba de eso es que el día de los hechos Francisco Bellorín Vílchez en compañía de su esposa y su hija que sin ayuda policial logró rescatar, regresaba de la Policía Nacional a solicitar la captura de su primo Mario Josué Hoyes Osorio para evitar que se la llevara de nuevo tampoco fue escuchado.

En la denuncia interpuesta en la Casa de la Mujer y que posteriormente fue remitida a la Policía Nacional, los padres de la menor revelaron que Mario Josué Hoyes Osorio que trabajaba en la finca de ellos abusó de la confianza que le daba para abusar de la niña y traérsela en contra de su voluntad desde San Juan de Rio Coco al barrio Cuba de Estelí donde la mantuvo encerrada para evitar el contacto con sus padres.

Marbely Alaniz Talavera una de las testigos que declaró en juicio afirmó que el ahora fallecido abusó sexualmente de su hija cuando apenas tenía once años, abusos que mantuvo hasta dejarla embarazada a sus 14 años de una niña que nació después de los sucesos y que hoy ya tiene 9 meses.

Por esto y otros argumentos legales solicitó un veredicto de no culpabilidad para Francisco Ramón Bellorín Vílchez, petición que fue escuchada al declararlo no culpable.

Antes de que el Tribunal de Jurado emitiera un veredicto de no culpabilidad, la Juez de Distrito Penal de Juicios, doctora Elizabeth Corea Morales , le dio la palabra la señora María Elvia Osorio la que con la voz entrecortada pidió que no dejaran libre a su sobrino por haber matado a su hijo Mario Josué Hoyes Osorio al que tanto amaba, hecho que según ella le ha traído una fuerte depresión y otras complicaciones de su salud.

En entrevista previa a su intervención durante el juicio oral y Público, doña María Elvia Osorio lamentó que siente un profundo dolor en su corazón porque ya no tiene a su hijo porque se lo mataron de “puro gusto” y pese a que les trabajaba en su finca.

El día de los hechos según Francisco Ramón Bellorin Vílchez, se vio obligado a disparar a su primo porque en compañía de otros armados de machetes y cuchillos pretendía atacarlo, sin embargo doña Elvia manifiesta que algunas personas le dijeron que mataron a su hijo pese a que suplicó que no lo hicieran por sus dos niños y el que estaba por nacer, por ello demandó justicia, petición que no fue acatado por el jurado al declararlo culpable.

Algunos testigos de la defensa técnica también manifestaron que la niña sufría maltrato de parte de Hoyes Osorio, pero su madre asegura que la amaba y prueba de ellos es que no la dejaba hacer nada y lo poco que conseguía lo compartía con ella. Agrega que para que no se molestara le lavaba y le cocinaba por lo que no encuentra la razón que lo motivó para matarlo.

También lo recordó como un hijo muy cariñoso y trabajador porque hacía lo que le pedían y cuando le dijo que le habían llevado a la adolescente se entristeció.

Finalmente dijo que de Dios nadie se capea porque sólo él da y quita la vida de las personas.

También hizo uso de la palabra para pedir un veredicto de no culpabilidad porque en ningún momento tubo intensión de matar a su primo porque hasta se criaron juntos, se querían mucho y trabajaba en su finca, pero nunca pensó que abusara de la confianza para hacerle daño y porque si él no le hubiese disparado hoy el muerto sería él.

Después de que las partes concluyeran sus alegatos finales y de las intervenciones de la madre de la víctima y el acusado el Tribunal de Jurado emitió un veredicto de no culpabilidad a favor del acusado, el que fue dado a conocer por uno de los miembros.

El acusado Francisco Ramón Bellorín calificó de justa la resolución del Jurado al tiempo que dio gracias a Dios por haber concedido sus peticiones, ya que al sentirse amenazado se vio obligado a disparar y el ahora fallecido no mostró interés en arreglar por la vía legal.

Recordó que el día de los hechos su primo Mario Josué Hoyes Osorio le dijo que lo matara porque de lo contrario sería un hombre muerto y que aunque le haya quitado a su hija no solo a ella tendría en sus manos sino a su mujer también, hecho que lo llenó de ira por lo que al verlo que se le abalanzaba no tuvo otra opción que sacar el arma para dispararle.

La Juez de Distrito Penal de Juicios, doctora Elizabeth Corea Morales explicó que al tenerse un veredicto de no culpabilidad sólo le queda emitir una sentencia absolutoria, porque los veredictos son inapelables o irrevocables salvo que se recurra de apelación ante la segunda instancia cuando se tenga conocimiento que el jurado haya sido sobornado o lo haya actuado de manera ilícita, pero en el presente caso como otros se hizo en el marco de la legalidad y apegado a la conciencia de cada uno de los miembros del Tribunal de Jurado.



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