Hombres piden a jueces les hagan una “rebajita” de pensión de alimentos

Publicado por admin el 27 de agosto, 2019
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El Tribunal de Familia de Managua recibió entre enero y junio de este año, 263 demandas de “padres” pidiendo modificación o reforma de pensión de alimentos, para que las juezas y jueces les hagan una “rebajita” y no cumplir con la obligación de mantener a sus hijos, después que se separaron de sus ex cónyuges.

El colmo es un caso resuelto esta semana por la doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda, jueza Segundo de Distrito de Familia, ante quien un hombre de oficio contador compareció demandando la famosa “rebajita”, alegando que su salario se ha “encogido”, ya que provee alimentos a los hijos de sus amigas, a quienes dio su apellido formalmente para sustentar su demanda.

En su libelo, el hombre admitió que no es el padre biológico de los tres menores de mamás diferentes, pero los reconoció como sus hijos ante el Registro Civil, debido a que dichas madres son “amigas de la familia” y “tenían problemas” con los verdaderos padres.

En el año 2012, la madre de sus hijas biológicas tuvo que demandarlo para que las niñas pudieran gozar de la pensión; las autoridades judiciales le impusieron entonces el pago del 20 por ciento de su salario, para la hija que hoy tiene 16 años y cursa estudios universitarios; así como 1,500 córdobas para la “Cumiche”, ahora de 7 años.

Durante el proceso de reforma de la pensión, el hombre nunca entregó las notas de sus otros tres “hijos registrales” para demostrar que están cursando estudios provechosos en algún centro educativo. Tampoco se presentaron a declarar las supuestas madres incorporadas al juicio como “litis consortes”, a pesar que fueron citadas “para saber si el demandante en verdad estaba proveyendo alimentos”, explica el fallo judicial.

“Yo decidí darle mis apellidos a tres niños, una de las mamás es amiga de la familia y me comentó que tenía problemas con el padre y a la otra le reconocí a sus dos hijos porque también su mamá es amiga de la familia”, expresó el demandante en la entrevista con la psicóloga del Consejo Técnico Asesor, licenciada Luz Haydée Herrera Vásquez.

Para la jueza segundo de Familia de Managua, los tres certificados de nacimiento de los niños que llevan el apellido del demandante, lo que demuestran es que el señor solo es un “padre registral, no un padre proveedor, ya que en razón del inciso d del Artículo 324 del Código de Familia, para respetar el derecho de todos los hijos en cuanto a la porcentualidad de una pensión, debía demostrarse que reciben alimentos, algo que ni sus mamás quisieron testificar ante el juzgado, pues no atendieron las citatorias.

En cuanto al argumento de que su salario ha sido disminuido en un 13 por ciento, la judicial tomó como evidencia en contra del mañoso padre, un informe del INSS, el cual establece que en diciembre de 2018 él ganaba más de 21,000 córdobas, y que en octubre del mismo año devengó más de 31,000 córdobas, es decir, que no gana mal salario.

El impulsor de esta demanda fue entrevistado por la psicóloga, debido a que durante el proceso su hija mayor lo señaló como el responsable del intento suicida que ella cometió tiempo atrás, a consecuencia de uno de múltiples episodios de violencia que presenció contra su madre, y de sufrir en carne propia todo tipo de abuso físico y psicológico de parte de él.

El demandante apeló de la sentencia, pese a que a juicio de la jueza Zamora Zepeda, no cumplió con la carga probatoria ordenada en el Artículo 509 del Código de Familia que expresa: “A cada parte le incumbe probar los hechos que afirma y los que oponga alegados por otros…”.

Escrito por Janelys Carrillo Barrios.



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